Ley Moyano de 1857
Propósitos:
· Conseguir una relativa gratuidad de la enseñanza primaria.
· Centralización.
· Secularización.
· Ordenar la libertad de enseñanza.
Normativa: Ley de Instrucción Publico de 9 de septiembre de 1857.
Ley General de Educación de 1970.
Propósitos:
· Formación humano integral.
· Ejercicio responsable de la libertad.
· Promoción social.
· Adquisición de hábitos de estudio y trabajo.
· Acrecienta el desarrollo social, cultural, científico y económico del país.
· Las peculiaridades regionales servirán para enriquecer la unidad de España.
· Fomentar la cooperación internacional.
Normativa: Ley General de 1970. Carácter Estatal. Otorgada por el gobierno (Villar Palasí ministro de Educación).
LOGSE Ley de Organización General del Sistema Educativo.
Propósitos:
· Desarrollo de la personalidad del alumno.
· Respeto de los derechos y libertades fundamentales.
· Adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo.
· Capacitación para el ejercicio de actividades profesionales.
· Respeto a la pluralidad lingüística y cultural de España.
· Preparación para participar activamente en la vida social y cultural.
· Formación para la paz, la cooperación y la solidaridad entre los pueblos.
Dependencia normativa: Ley orgánica del derecho a la Educación de 1990 (PSOE en el gobierno). Aprobada en cortes.
Ley orgánica de calidad de la educación
Propósitos:
· Desarrollo de la personalidad del alumno.
· Formación en el respeto de los derechos y libertades.
· Adquisición de técnicas de trabajo.
Además establece los principios de calidad del sistema educativo.
Norma: Ley orgánica aprobada por las cortes generales.
Ley orgánica de Educación.
Propósito.
· Desarrollo de la personalidad.
· Respecto de los derechos y libertades fundamentales.
· Igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres.
· Tolerancia y libertad dentro de los principios democráticos de convivencia.
· Responsabilidad individual y esfuerzo personal.
· Respeto a los derechos humanos.
· El desarrollo de la capacidad de los alumnos.
· Reconocimiento de la pluralidad lingüística y cultural de España.
· Adquisición de hábitos intelectual y técnicas de trabajo.
· Capacidad para realizar actividades personales.
· Capacidad para expresarse en la lengua oficial y al menos en una lengua extranjera.
· Preparación para el ejercicio de la ciudadanía.
Norma: Ley orgánica. Aprobada por las cortes generales y sancionada (firmada) por el Jefe del Estado (Juan Carlos I).