lunes, 10 de octubre de 2011

Actividad 1

Ley Moyano de 1857
Propósitos:
·         Conseguir una relativa gratuidad de la enseñanza primaria.
·         Centralización.
·         Secularización.
·         Ordenar la libertad de enseñanza.
Normativa: Ley de Instrucción Publico de 9 de septiembre de 1857.
Ley General de Educación de 1970.
Propósitos:
·         Formación humano integral.
·         Ejercicio responsable de la libertad.
·         Promoción social.
·         Adquisición de hábitos de estudio y trabajo.
·         Acrecienta el desarrollo social, cultural, científico y económico del país.
·         Las peculiaridades regionales servirán para enriquecer la unidad de España.
·         Fomentar la cooperación internacional.
Normativa: Ley General de 1970. Carácter Estatal. Otorgada por el gobierno  (Villar Palasí ministro de Educación).
LOGSE Ley de Organización General del Sistema Educativo.
Propósitos:
·         Desarrollo de la personalidad del alumno.
·         Respeto de los derechos y libertades fundamentales.
·         Adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo.
·         Capacitación para el ejercicio de actividades profesionales.
·         Respeto a la pluralidad lingüística y cultural de España.
·         Preparación para participar activamente en la vida social y cultural.
·         Formación para la paz, la cooperación y la solidaridad entre los pueblos.
Dependencia normativa: Ley orgánica del derecho a la Educación de 1990 (PSOE en el gobierno). Aprobada en cortes.
Ley orgánica de calidad de la educación
Propósitos:
·         Desarrollo de la personalidad del alumno.
·         Formación en el respeto de los derechos y libertades.
·         Adquisición de técnicas de trabajo.
Además establece los principios de calidad del sistema educativo.
Norma: Ley orgánica aprobada por las cortes generales.
Ley orgánica de Educación.
 Propósito.
·         Desarrollo de la personalidad.
·         Respecto de los derechos y libertades fundamentales.
·         Igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres.
·         Tolerancia y libertad dentro de los principios democráticos de convivencia.
·         Responsabilidad individual y esfuerzo personal.
·         Respeto a los derechos humanos.
·         El desarrollo de la capacidad de los alumnos.
·         Reconocimiento de la pluralidad lingüística y cultural de España.
·         Adquisición de hábitos intelectual y técnicas de trabajo.
·         Capacidad para realizar actividades personales.
·         Capacidad para expresarse en la lengua oficial y al menos en una lengua extranjera.
·         Preparación para el ejercicio de la ciudadanía.
Norma: Ley orgánica. Aprobada por las cortes generales y sancionada (firmada) por el Jefe del Estado (Juan Carlos I).

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